COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El viernes se realizó la audiencia de constitución de querellante en la investigación por lesiones leves agravadas y amenazas a Lorena Paredes, que tiene como imputado a Luis Rubén Vidal. Allí, la jueza admitió la constitución de Rosa González como querellante. 

Caso Lorena Paredes: Rosa González es querellante en la causa

En un primer momento la jueza hizo referencia a que anteriormente no se pudo llevar a cabo en su totalidad ya que faltaba la parte esencial que es que la damnificada se presente personalmente a la audiencia u otorgue un poder especial a su abogada; y en un segundo intento porque el imputado no fue debidamente notificado.

La querella enunció su relato del hecho sucedido el pasado 2 de octubre de 2018, después de las 0 horas, cuando su representada Lorena Paredes se presentó en la casa del imputado Luis Vidal. Ellos eran pareja desde hacía varios meses y al poco tiempo que comenzó la pareja se transformó en una relación conflictiva.

Ella iba a hablar con la madre de Vidal por una serie de mensajes que había recibido su madre, pero “fue recibida violentamente por su pareja que la golpea con un objeto contundente en su cabeza haciéndola perder el conocimiento”.

Luego la ingresa al taller, a pesar de la resistencia de la víctima, y le dio una brutal golpiza. En dos ocasiones la roció con un fluido y ella temió que la prendiera fuego.

En un momento ingresó una persona al taller, e inmediatamente llegó la policía. Luego Lorena fue traslada al Hospital Regional y el imputado amenazó a su madre y a ella delante de personal policial.

Vidal tuvo intención de matar a Lorena Paredes”, concluyó la querellante y calificó provisoriamente el hecho como “tentativa de homicidio agravado por el vínculo, privación ilegítima de la libertad, en concurso con amenazas de muerte”, pidiendo que se tenga por cumplimentado los requisitos formales y se autorice la pretensión como querellante autónoma.

Por su parte, el defensor objetó el relato del hecho por parte de la querella porque no se condicen con los presentados en el escrito, solicitando se tengan en cuenta los del escrito y no los relatados en la audiencia.

Respecto de la calificación jurídica escogida por la querella, no la objetó ya que “la misma es provisoria, al igual que la de la fiscalía y la que verdaderamente corresponde es la incluida en la acusación”, sostuvo el defensor. Por último hizo reserva de objetar la calificación jurídica en la audiencia preliminar.

Finalmente, la jueza penal resolvió que debe admitirse la constitución de querellante ya que se ha cumplido con los requisitos formales que exige la ley, se han relatado los hechos, su calificación legal y ha ofrecido prueba de forma independiente lo que le ha permitido al imputado ejercer su derecho a defensa.

Asimismo, hizo lugar a la reserva sobre la calificación legal que hizo la defensa no encontrando ningún requisito para no admitir el hecho presentado en el escrito por la querella, como también el relatado en la audiencia con sus modificaciones y agregados.

Presidió la audiencia Mariel Suárez, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; y la querella por Rosa González con la presencia de la víctima Lorena Paredes. La defensa de Vidal fue ejercida por Ricardo Amado, abogado de la Defensa Pública.

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