El abogado defensor de uno de los acusados por el caso conocido como ‘la manada de Chubut’, Guillermo Iglesias, dijo hoy que su defendido “es 100 por ciento inocente” del delito de violación en grupo del que fue acusado y finalmente absuelto en juicio de marzo de este año, aunque la fiscalía y la querella presentaron este miércoles una serie de argumentos para que el Superior Tribunal de Justicia ordene un nuevo juicio.

Iglesias, que representa a Ezequiel Quintana, refirió en principio que tras la audiencia desarrollada en el Superior Tribunal de Justicia, la querella y la fiscalía presentaron los fundamentos por el que entienden que debe realizarse un nuevo juicio.

En un plazo de 30 días, la corte provincial deberá resolver si hace lugar a ese pedido o si confirma la sentencia anterior, que había sobreseído a los acusados (además de Quintana, Luciano Mallemaci y Leandro del Villar).

El abogado expresó que si bien su representado había aceptado en una etapa anterior un juicio abreviado, por el que había aceptado su responsabilidad en un delito de abuso sexual simple, para acordar una pena menor, decidió someterse finalmente al juicio penal, tras una serie de recursos que cuestionaron aquellos acuerdos.

La particularidad del juicio abreviado es que no se producen las pruebas, entonces se había acordado un delito menor, con una pena en suspenso. Cuando se rechazó el abreviado, nosotros impugnamos esa resolución pero mi defendido bajo ningún concepto quiso aceptar su responsabilidad en esas condiciones, porque se estaba violentando su buen nombre y honor. Incluso decidió lo contrarió a mi consejo profesional, porque yo entendía que el contexto del juicio era adverso, pero tuvimos la suerte de contar con un tribunal intelectualmente honesto y pasó lo que tenía que pasar”, indicó, en relación a que los imputados resultaron absueltos.

“Nadie dijo haber visto lo que los medios dicen que pasó”

En diálogo con Actualidad 2.0, aseguró que la discusión durante el juicio permitió llegar a la conclusión de que “la víctima no estaba en estado de inconsciencia, porque ella dice que tomó dos vasos de fernet y no recuerda más nada. Además, de las 50 personas que estaba en la fiesta, nadie en el juicio dijo haber visto lo que los medios dicen que pasó”, en referencia al abuso sexual perpetrado en una habitación del lugar donde se realizó la fiesta.

Ante la consulta de si su defendido es inocente de haber participado en una violación grupal contra la víctima, que en ese momento tenía 16 años de edad, respondió. “Cien por ciento, o ciento cincuenta por ciento. Antes reconoció que había participado del abuso sexual simple porque yo le di un consejo profesional errático, por el contexto adverso, porque había un clamor popular en el que los medios instalaron que hubo una violación grupal. Tuvo razón en querer llegar al juicio oral y público”.

En ese marco, dijo que las pruebas más importantes durante el juicio fueron el hecho de que “la víctima no declaró como testigo, con lo cual a la fiscalía puso en jaque su propio caso, pero además porque ningún testigo declaró haber visto lo que supuestamente ocurrió. Porque una cosa es lo que dicen las testigos cuando van a declarar solamente con la fiscalía y otra cosa cuando responden las preguntas, en el juicio, a la fiscalía y a las defensas”.

Finalmente, rechazó la posibilidad de que la víctima, de 16 años al momento de los hechos, pudiera haber sido víctima de una pastilla para provocarle inconsciencia, dijo que “esta conjetura excede al marco del juicio y no se planteó, de ninguna manera”.

Un caso que disparó la polémica a nivel nacional

El caso de “la manada de Chubut” fue objeto de debate a nivel nacional en el año 2020, cuando trascendieron los términos del acuerdo para abreviar el juicio y que los imputados tuvieran una pena menor a la que podían afrontar en caso de una condena formal.

El abuso sexual con acceso carnal y agravado por la participación de dos o más personas prevé penas de entre 8 y 20 años de prisión, mientras que el delito de abuso sexual simple (tocamientos), por el que se había propuesto el juicio abreviado, establecía una pena de 3 años de prisión en suspenso y el pago de un resarcimiento económico para la víctima.

El juez Marcelo Nieto Di Biase rechazó el acuerdo, señalando que no se podía limitar el derecho penal al poder adquisitivo de los imputados. Además, el fiscal Fernando Rivarola había justificado la situación en un “desahogo sexual” por parte de los imputados, lo que le valió los lógicos repudios de gran parte de la sociedad y una denuncia ante el Consejo de la Magistratura, que finalmente no prosperó.

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