COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El Juez Alejandro Rosales dicto el auto de apertura de juicio oral y público contra Bruno Emanuel Nehiual (25), como presunto autor del delito de coacción. El joven se encuentra detenido con prisión preventiva en la Alcaidía de Comodoro Rivadavia, por una causa de robo agravado. La Fiscalía adelantó que solicitara que se le imponga una pena de tres años de prisión y la declaración de reincidencia.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se realizó una audiencia de preliminar de juicio. El acto judicial fue presidido por el Juez Alejandro Rosales. El Ministerio Publico Fiscal estuvo representado por la Fiscal Laura Castagno. Mientras que el imputado, fue asistido por el Defensor Público, Gustavo Oyarzun.

En la oportunidad, la representante de la parte acusadora relato los hechos que figuran en la pieza acusatoria, indicando que los mismos ocurrieron el 22 de julio del año pasado, en horario de la mañana en la comisaría local.

En esa dependencia, en el sector de calabozos, se encontraban detenidos el acusado y el denunciante, a la espera de una audiencia de control de la detención.

Según relato la víctima, en un momento dado, Bruno Neihual, le manifiesto que declarara lo que acordaron y que se hiciera cargo de la causa.

La propuesta del imputado se basaba en que su compañero de causa no registraba antecedentes penales computables y por este motivo, la pena que le podía recaer seria menor.

En este contexto, Nehiual le habría dicho que sino cumplía con la estrategia, “ sos boleta”. También agrego :“ te voy a hacer re cagar cuando salga”.

Para las audiencias de debate, la Fiscalía, presentara cuatro medios de prueba testimoniales y tres documentales.

Con respecto a la calificación legal escogida contra Bruno Emanuel Neihual, explico que corresponde juzgarlo como presunto autor del delito de coacción ( Art. 45 Art. 149 inc. "a", ley 26939 del Código Procesal Penal).

Por último, anticipo que solicitara al tribunal del juicio, que imponga al acusado la pena de tres años de prisión, mas declaración de reincidencia.

A su turno, el Defensor Público, no formulo objeciones a la pieza acusatoria elaborada por el Ministerio Publico Fiscal y ofreció testimonios.

Así las cosas, Rosales, declaro admisible la acusación publica, los medios de prueba presentados por la Fiscalía y estableció que la Oficina Judicial, debe designar un tribunal unipersonal para el juicio

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