COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este lunes después del mediodía se conoció la parte resolutiva del veredicto de responsabilidad penal en el juicio por tentativa de homicidio agravado, que tenía como imputada a Ana Lepio. Los jueces integrantes del tribunal resolvieron por unanimidad absolver a la imputada del delito de homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa al considerar que la misma actuó en legítima defensa. Dictando asimismo el cese de la medida de coerción que pesaba sobre Lepio y disponiendo su inmediata libertad.

El tribunal de debate fue presidido por Daniela Arcuri, e integrado por Gladys Olavarría y Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de la imputada fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular de la misma.

Los jueces se refirieron a las diferencias entre los testimonios de la víctima y el de la imputada y la restante testigo que se encontraba en el lugar del hecho. Por su parte la defensa postuló en primer término la inimputabilidad de su asistida, en segundo lugar la legítima defensa, subsidiariamente  circunstancias extraordinarias de atenuación y por último lesiones graves. Conforme a la prueba rendida en el juicio había una relación asimétrica entre Lepio y la víctima, una dependencia psicológica de Lepio a éste. Existía según los mensajes de teléfonos una manipulación y dependencia emocional de ella hacia él, expresaron los jueces. Asimismo sostuvieron que Lepio no ingresó al domicilio exaltada. Realizando un análisis de la antijuricidad de la conducta de Lepio, pero sin perder de vista la Convención de Belem do Pará, para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia contra la mujer.

Por todo lo cual el tribunal resolvió por unanimidad absolver a Ana Lepio del delito de “homicidio agravado por el vínculo, en grado de tentativa”, por haber actuado en legítima defensa. Dictando finalmente su libertad es decir el cese de la medida de coerción que pesaba en su contra.

El hecho

El 1 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 6 hs, la víctima se encontraba junto a una testigo en el interior de su domicilio sito en calle Los Aromos, del Barrio Las Flores y llegó su ex pareja, Ana Elizabeth Lepio, quien comenzó a caminar por el techo de la vivienda, para luego bajar a la altura de la puerta de ingreso y tras correr la ventana lindante a la misma, tomó la llave que se encontraba colgada y con la misma comenzó a abrir dicha puerta de ingreso.

Al escuchar ruidos, la testigo se escondió en el baño mientras la víctima se levantó y atendió a Lepio. La víctima le manifestó a Lepio que su relación ya había terminado, a lo que ella preguntó si había alguien más. Luego Lepio se dirigió al baño y constató que la testigo se encontraba en su interior, manifestándole a la víctima “sácala de ahí, la mato a ella o te mato a vos”.

Seguidamente Lepio, valiéndose de un cuello de botella color verde con tapa amarilla, y con claras intenciones de darle muerte a la víctima, le cortó la zona lateral izquierda de su cuello, refiriéndole éste  “Ana me cortaste el cuello…me estoy muriendo, Ana”, respondiéndole Lepio: “Morite h. de p.”.

Posteriormente, la víctima egresó del domicilio tomándose el cuello y fue caminando hasta intersección de Av. Rivadavia y calle Ituzaingó de esta ciudad, donde se encontró con personal de la Seccional Segunda a quien les refirió: “mi mujer Ana Elizabeth Lepio me apuñaló con una botella en mi casa; me desmayo, me desmayo”, siendo posteriormente auxiliado por la ambulancia del Hospital Regional.

El tribunal de debate fue presidido por Daniela Arcuri, e integrado por Gladys Olavarría y Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de la imputada fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular de la misma.

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