El Gobierno nacional aprobó a través de un decreto el nuevo régimen de acceso a divisas para la producción incremental de hidrocarburos, que que busca incentivar el aumento de la producción de petróleo y gas flexibilizando el acceso al mercado cambiario a las empresas del sector. El Presidente y el ministro de Economía, Martín Guzmán, habían anunciado días atrás el Régimen de Acceso a Divisas para Producción Incremental de Hidrocarburos, que apunta a generar certidumbre e incentivos para fomentar las inversiones y el incremento de la producción del sector en la Argentina. Entrará en vigencia en 30 días, según se publicó en el Boletín Oficial.

Según detalló diario La Nación este sábado, por medio del decreto 277/2022 se determinó la creación de un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Petróleo (RADPIP); un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Gas Natural (RADPIGN); y un Régimen de Promoción del Empleo, el Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH).

Según consideró el Gobierno, en medio del contexto internacional de crisis energética, la industria hidrocarburífera debía tener una flexibilización de las restricciones cambiarias para de esa forma motorizar las inversiones.

Sin embargo, la propuesta que se conoció no es considerada muy ambiciosa por parte del sector privado, ya que solo permite disponer libremente de los dólares generados por el 30% de producción incremental de gas y 20% de petróleo, con respecto al volumen producido en 2021.

“Dada la necesidad de generar más divisas y más inversión, vamos a crear un acceso diferencial de divisas para la producción incremental de hidrocarburos, que se cristalizará con un decreto presidencial”, había anticipado Guzmán.

Según el ministro, la medida "apunta a reducir limitantes y cuellos de botella del sector permitiendo que las compañías puedan acceder a las divisas necesarias para garantizar los equipos especiales para obtener producción incremental, para que se pueda contar con elementos que se necesitan para producir más divisas”.

La norma define como producción incremental de petróleo a la diferencia entre la producción efectiva de los últimos 12 meses y la Línea Base definida como el volumen obtenido por cada empresa en 2021. 

Se establece como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) y Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) al 20% de la producción incremental de crudo y al 30% de la producción incremental de gas natural que haya obtenido cada beneficiario.

Según se detalla, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión.

Los beneficiarios tendrán el derecho al acceso al Mercado Libre de Cambios, por un monto equivalente a su VPIB y/o VIIB, según corresponda, valuado a precio de exportación neto de derechos y primas que correspondan, detalló Ambito. 

Además, este acceso a divisas podrá ser usado por las empresas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, y/o utilidades y dividendos, y/o repatriación de inversiones directas de no residentes.

El derecho podrá transferirse total o parcialmente a proveedores directos del beneficiario para los mismos fines disponibles para la operadora.

Fuentes: La Nación/Ambito 

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