CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - Las retenciones al petróleo y minería bajarán el 8% según lo establecido en el artículo 49 de la ley de Emergencia enviada este martes por el presidente Alberto Fernández al Congreso de la Nación, que textualmente establece, según el articulado al que tuvo acceso ADNSUR: “Las alícuotas de los derechos de exportación para hidrocarburos y minería no podrán superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o precio oficial FOB”.

De este modo, si bien en un primer momento la aplicación del decreto 37/2019 permitía asimilar la situación de estas producción a la de los productos primarios, que tenían como tope el 12%, el proyecto de ley que fija las bases para atender la situación de emergencia estipula alícuoas específicas para los derechos de exportación, haciendo esta concesión a favor de la actividad petrolera y minera.

“Los derechos de exportación se reducirán para bienes cuya producción implique un mayor agregado de valor a partir de los insumos utilizados y el Poder Ejecutivo nacional desarrollará políticas de estímulo para los productores”, añade el proyecto.

El 70% de la recaudación adicional se destinará a financiar los programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

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