Ahora bien, ¿es ilegal o inconstitucional la ley de lemas?.  Según un fallo de la Corte Suprema de Justicia, puede ser cuestionable, pero no es ilegal, así lo resolvieron en el 2018 los jueces supremos por unanimidad, sobre el caso Santa Cruz: en pocas palabras que se debía respetar la autonomía de las provincias en materia electoral y consideró que la propia ciudadanía santacruceña era la que deberá decidir sobre el futuro de la vigencia del régimen de lemas en la provincia.

Desde 1988 a esta parte, el sistema electoral provincial fue cambiando de acuerdo a las conveniencias electorales, estuvo vigente para todas las categorías, luego se redujo la aplicación para la mitad de los cargos – quedando solo la vigencia para las categorías municipales- pero cuando los tiempos electorales demostraron que no alcanzaba un solo candidato para imponerse, la mayoría kirchnerista en la legislatura la volvió a reformar a la ley y la amplió para todas las categorías como ocurrió en el 2015, y es la reforma vigente hasta la actualidad.

Pero ¿qué es la ley de lemas?: en pocas palabras, el sistema electoral que permite que un mismo frente electoral presente muchos candidatos – es decir la biblia y el calefón juntos- y que todos sumen, quedándose con el triunfo el que consiga más votos dentro del lema. Y como ha ocurrido en varias ocasiones en Santa Cruz, el candidato que finalmente asume, no siempre es el candidato más votado por la ciudadanía. ¿Es ilegal?, no. ¿Es éticamente cuestionable?. Posiblemente, pero está legitimado.

Es decir: un sistema electoral como la ley de lemas, permite que cuando un candidato no es lo suficientemente fuerte para imponerse, apele a un “equipo de candidatos del mismo color” –más o menos razonables, más o menos enfrentados- que les garantice a “todos” llegar a la meta. Como si fuera una carrera de postas, en la que compiten juntos, pero solo habrá un ganador.

 Si lo ejemplificamos con un color sin connotaciones locales y elegimos por ejemplo el “violeta”, podríamos decir que entre el púrpura y el lavanda, hay una variada gama ante la pupila del elector, pero al final del conteo, todos los candidatos al violeta. Para el elector significa que aun cuando gane su candidato, este finalmente podría ser que no asuma.

Los candidatos del mismo lema pueden o no hacer actos de cierre juntos, pueden incluso hablar mal entre ellos, o como hemos visto en Santa Cruz, demonizar a sus propios compañeros de lema. Son distintos, pero no tantos. En ese berenjenal de mensajes, desde que está en vigencia la ley, la ciudadanía santacruceña está sometida a necesitar un gps para entrar al cuarto oscuro inundado de papelitos de colores cual cancha de fútbol y en esa lluvia de mensajes intentar encontrar a sus candidatos.

El año 2015 se dieron dos casos emblemáticos donde ganó uno, pero asumió otro. El primero es el caso del senador radical Eduardo Costa, quien en su tercera postulación para la gobernación fue el candidato más votado con 67.112 votos, sin embargo asumió Alicia Kirchner quien obtuvo 51.797 votos.

Eduardo Costa, en su tercera postulación para la gobernación fue el candidato más votado con 67.112 votos, sin embargo asumió Alicia Kirchner quien obtuvo 51.797 votos. Foto: Perfil
Eduardo Costa, en su tercera postulación para la gobernación fue el candidato más votado con 67.112 votos, sin embargo asumió Alicia Kirchner quien obtuvo 51.797 votos. Foto: Perfil

 ¿Cómo lo logra la ley de lemas?: simple el Frente para la Victoria Santacruceña sumó a los de Alicia, los votos del entonces gobernador Daniel Peralta, quien aportó 25.472 votos que fueron fundamentales para entregarle el mando a la cuñada de Cristina Kirchner. A Costa que compitió por el frente electoral Unión para Vivir Mejor, le sumó el sublema de Osvaldo Pérez, de Pico Truncado pero los 7.557 votos, no hicieron a la diferencia.

Peralta se llevó la peor parte. En el acto de asunción de Alicia Kirchner, la gobernadora electa, que le debía el cargo, no dudó en cargar contra él, sentado en la primera fila y no dudó en dar un estiletazo: “recibí una provincia quebrada”, sentenció la gobernadora, como si quien le entregaba el mando, no hubiera sido de su mismo partido, ni tampoco fuera a quien le debiera los votos para vencer a Costa.

El kirchnerismo, principal promotor de la ley de lemas, también tuvo sus propias víctimas. En 2015, Pablo Grasso  -actual intendente de Río Gallegos desde 2019- fue el candidato más votado del Frente para la Victoria, sin embargo quedó relegado en manos del radical Roberto Giubetich, quien asumió la intendencia por ser el candidato más votado de Cambiemos.

Qué dicen los jueces sobre la Ley de Lemas

En 2015, el Tribunal Superior de Justicia avaló la vigencia de la ley de lemas en Santa Cruz para las elecciones de ese año, y decidió no dar lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por amparistas individuales y por la oposición que habían apelado el fallo de la Cámara Civil que ya se había pronunciado a favor de la ley de lemas y había revocado el fallo de primera instancia del juez Francisco Marinkovic.

El fallo de la justicia santacruceña no dejó dudas sobre su postura favorable a la ley de lemas.

La ley de lemas, la trampa legal que perpetuó por tres décadas al kirchnerismo en Santa Cruz

En uno de sus párrafos se argumentó: " [la ley de lemas] combina la representación interna del partido con su representación externa y, de ese modo, profundiza una genuina representación, refleja el pluralismo ideológico de la sociedad y, como tal, marca un avance en el sistema representativo, fortalece la estructura de los partidos políticos y, en tanto la oferta electoral es más amplia, se respeta mucho mejor la voluntad popular".

Tras los fallos negativos en la justicia provincial, los amparistas recurrieron a la instancia federal, y la Corte Suprema de Justicia sacó un fallo que tampoco dejó dudas: eso se debe arreglar en casa: en un fallo unánime los jueces resolvieron que La Ley de Lemas de la provincia de Santa Cruz era una cuestión de derecho público local, y que en esta materia debía respetarse la autonomía de las provincias.

Quizás habría que rescatar lo que dijo el ministro de la Corte Horacio Rosatti, tras enumerar las ventajas y desventajas que se le asignan al sistema de lemas, se enfocó en describir los diferentes roles entre el político y el juez.

Consideró que el político -constituyente, legislador o administrador- tiene un amplio abanico de posibilidades para decidir conforme a un marco normativo general (que en ocasiones él mismo puede modificar), a su ideología y a su prudencia; el juez debe hacerlo dentro del estrecho límite de la Constitución y las normas dictadas en su consecuencia.

El magistrado describió que es tarea del político modificar las normas que puedan generar disconformidad en la sociedad, y es tarea del juez distinguir entre disconformidad e inconstitucionalidad; la primera es una sensación prudencial, típica de todo ser humano; la segunda es una comprobación técnica, confiada en nuestro sistema a un especialista. Si el juez intentara suplir al político, proyectando su forma de pensar (en suma, su disconformidad con una decisión política) en descalificación jurídica, estaría excediendo su competencia y violentando la división de poderes.

En definitiva, concluyó que es la comunidad santacruceña la que deberá decidir sobre el futuro de la vigencia del régimen de lemas en la provincia. Lo mismo le cabe a todas aquellas provincias que se vean tentadas a hacer cambios en sus sistemas electorales con el 2023 en el horizonte.

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