El Gobierno de Neuquén eliminó la obligatoriedad de un producto de seguridad en la actividad petrolera
En respuesta a un pedido histórico de las cámaras empresariales, la nueva normativa permite a las empresas utilizar métodos alternativos para la contención de derrames.
La provincia de Neuquén derogó la obligatoriedad del uso de mantas oleofílicas en las operaciones petroleras, una medida que rige desde 2014. La Secretaría de Ambiente, encabezada por Leticia Esteves, dio luz verde a la Resolución 159/24, que habilita a las empresas operadoras y proveedoras de servicios a adoptar métodos alternativos para la prevención y contención de derrames.
La obligatoriedad de las mantas oleofílicas, establecida por la resolución 506/14, generó -desde su implementación- críticas de las cámaras empresarias, como la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) y el Instituto Argentino de Gas y Petróleo (IAPG). Según argumentaban, esta normativa encarecía las operaciones y restaba competitividad frente a otras regiones productoras.
“Esta resolución genera un marco más flexible para las operadoras, permitiéndoles adoptar tecnologías que se ajusten a sus necesidades y estándares de calidad”, explicó una fuente de la industria consultada.
El uso obligatorio de mantas concentró el mercado en tres empresas principales: AESA (subsidiaria de YPF), Enviromental Services y Real Work. Estas compañías ahora enfrentan un impacto significativo en su negocio, especialmente aquellas que no cuentan con otras líneas de servicio diversificadas.
La Resolución 159/24 también establece la inscripción obligatoria de las empresas prestadoras de servicios de prevención y contención en el Registro Provincial de Prestadores de Servicios Ambientales (RePPSA).
La nueva normativa elimina la obligatoriedad de las mantas orgánicas no inflamables para las etapas de exploración, perforación y servicios de apoyo, entre otros. Las empresas pueden ahora optar por alternativas como bandejas colectoras, membranas o métodos equivalentes que cumplan con los estándares de contención establecidos.
“Este cambio responde a cuestiones técnicas y económicas que fueron planteadas por la industria. Las operadoras encontraron métodos más eficientes, pero no podían implementarlos bajo la normativa vigente”, explicó un analista del sector.
Sin embargo, la medida no estuvo exenta de cuestionamientos. Enviromental Services presentó un recurso administrativo alegando que la resolución no sería competencia de la Secretaría de Ambiente. Desde el gobierno provincial, se aclaró que la normativa “es de estricta competencia ambiental, no es de índole operativa”.
La reforma, promovida en la gestión de Rolando Figueroa, apunta a equilibrar las exigencias ambientales con las necesidades operativas de las empresas. Desde el sector se reconoce que la decisión fue influenciada por discusiones mantenidas en eventos como la última Expo Argentina Oil & Gas, donde el costo operativo surgió como un tema clave para los compromisos de inversión en la región.
“La posibilidad de elegir entre diferentes métodos genera mayor flexibilidad y eficiencia en las operaciones”, expresó un referente de la industria.
Con información de Econojournal, bajo edición y supervisión de un periodista de adnsur.