Los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales forman parte del sistema tributario. Ambos tributos afectan tanto a personas físicas como jurídicas, y su cumplimiento es fundamental para evitar sanciones, multas o intereses por mora.

El impuesto a las Ganancias se aplica sobre los ingresos obtenidos durante un período fiscal, como sueldos, honorarios profesionales, rentas, utilidades de empresas, entre otros. En cambio, el impuesto sobre los Bienes Personales grava el patrimonio que una persona posee al 31 de diciembre de cada año: inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones financieras, entre otros activos, tanto en el país como en el exterior.

Cada año, los contribuyentes deben presentar una declaración jurada que detalle sus ingresos y/o bienes y, de corresponder, abonar el saldo resultante. Estos trámites suelen tener fechas límite estrictas, fijadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Los contribuyentes tendrán más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales del período 2024
Los contribuyentes tendrán más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales del período 2024
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Este jueves, a través de la Resolución General 5702/2025, publicada recientemente en el Boletín Oficial, ARCA informó que extenderá el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo correspondiente a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

La nueva medida establece que los ciudadanos tendrán tiempo hasta el 23 de junio de 2025 para presentar sus declaraciones juradas de ambos impuestos. En cuanto al pago del saldo, el nuevo límite será el 24 de junio de 2025. Esta prórroga reemplaza las fechas originales que estaban reguladas por la Resolución General N° 4.172 y sus sucesivas modificaciones, las cuales fijaban vencimientos según el número final de la CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) del contribuyente.

Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero revelaron la nueva fecha establecida para todas las personas
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POR QUÉ SE OTORGÓ LA PRÓRROGA

Según el texto oficial, la decisión se tomó tras recibir solicitudes formales por parte de entidades que representan a profesionales en ciencias económicas. Estas organizaciones argumentaron que necesitaban más tiempo para confeccionar de manera correcta y completa las declaraciones juradas.

Desde la ARCA, reconocieron que estas solicitudes eran razonables y afirmaron que "razones de administración tributaria" hacen recomendable otorgar esta extensión. El objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales tanto para contribuyentes individuales como para responsables fiscales.

Con información de Noticias Argentinas, redactada y editada por un periodista de ADNSUR

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