COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) -  Días atrás, el Ministro de Salud de Chubut, Fabián Puratich, había adelantado esa posibilidad, que este jueves se oficializa tras la publicación en el Boletín oficial de la decisión del Gobierno Nacional. Dicho documento establece que los casinos podrán habilitarse en las localidades donde no haya transmisión comunitaria de coronavirus siguiendo el protocolo sanitario establecido, pero aclara que el exceptuar de la probibición a esta actividad no implica que se permita la realizarón de otras que aún se encuentran restringidas, como las reuniones familiares, por ejemplo. Si bien todavía se espera el anuncio del Ministerio de Salud de Provincia sobre la efectivización de esta medida, el intendente de Comodoro, Juan Pablo Luque, adelantó que en la ciudad las salas y casinos permaneceran cerrados.

La noticia de la próxima apertura de casinos y salas de juego generó polémicas ya que no solo es Chubut la única provincia en la que se las habilita, sino que en principio sería la única nueva actividad habilitada. Las reuniones familiares, por ejemplo, que fueron prohibidas en junio pasado, aún seguirán sin estar permitidas.

Y es que hace menos de 24 horas, la publicación de un decreto provincial dejaba en claro las restricciones que rigen para Chubut: en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio continúa la prohibición de las reuniones familiares, el horario de circulación será hasta la medianoche y que solo podrán ingresar a la provincia no más de 270 personas –domiciliadas en Chubut- cada dos semanas.

QUÉ DICE EL DECRETO QUE HABILITA LOS CASINOS

Según al Decisión Administrativa 1468-APN-JGM, fechada este miércoles 12 de agosto, se "exceptúa a la provincia del Chubut de la prohibición contenida en el apartado 1 del artículo 9 del Decreto Nº6451/20, a los efectos del desarrollo de la actividad de Salas de Juego y Casinos".

El documento tiene en cuenta que en esta provincia se ha establecido "hasta el 16 de agosto de 2020 inclusive, el distanciamiento social, preventivo y obligatorio", bajo el cual se encontraba prohibida "la realización de eventos recreativos en espacios privados con concurrencia mayor a diez (10) personas".

Asimismo, menciona que fue la Provincia del Chubut la que "ha solicitado autorización para la reapertura de Salas de Juegos y Casinos en todas las localidades de la provincia en las que no haya circulación comunitaria del virus SARS-CoV-2"

Por esto, Nación decide exceptuar de la prohibición a las actividades de Salas de Juego y Casinos, actividades donde "deberá observarse el protocolo" especificado que fue "aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación".

Señala que "se deberá garantizar la organización por turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del COVID-19"

Será responsabilidad de los titulares o encargados de cada casino o sala de juebo "garantizar las condiciones de higiene seguridad y traslado" de los "trabajadores y trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros".

Asimismo, deja bajo la órbita de decisión del gobierno provincial la autorización o no de estas autoridades en determinadas áreas geográficas o localidades, en función de la situación epidemiológica local.

Sin reuniones familiares, pero con casinos abiertos: Chubut es la única provincia habilitada por el decreto de Nación para reabrir las salas de juego

CÓMO SERÁ EL PROTOCOLO SANITARIO

DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO
Sector de máquinas tragamonedas:

Las posiciones de juego (SLOT) se encontrarán habilitadas en forma alternada, respetando así la distancia mínima preventiva de seguridad. Aquel SLOT apagado se encontrará fuera de servicio y se retirará su butaca correspondiente.

Serán desinfectadas cada una de ellas y sus respectivas butacas una vez finalizada la participación por cada cliente, con una limpieza acorde haciendo incapie en los protocolos específicos.

SECTORES DE JUEGOS TRADICIONALES

Ruleta

Se limitará a 3 la cantidad de clientes apostadores por mesa. Se exigirá que previo contacto con sus fichas se higienice correctamente las manos con alcohol en gel, el cual se le proveerá inmediatamente.

Los croupiers deberán utilizar barbijos y máscaras faciales en todo momento. Se realizará la desinfección de toda la mesa con una frecuencia de 20 minutos con soluciones en base a alcohol/cloro.

Craps

Las mesas abrirán con un máximo de cuatro apostadores. Se exigirá que previo contacto con sus fichas se higienice correctamente las manos con alcohol en gel, el cual se proveerá en el momento. Los dados serán higienizados previamente a ser entregados al siguiente apostador.

Black Jack y Póker

Se limitará a 3 la cantidad de clientes apostadores por mesa. Se cambiarán las cartas ante cada cambio de pagador. Los croupiers deberán utilizar barbijos y máscaras faciales en todo momento. Se realizara la desinfección de toda mesa con una frecuencia de 20 minutos con soluciones en base a alcohol/cloro.

En cada cambio de pagador, se limpiará correctamente el sabot, cortes y descarte.

CAJAS DE COBRO:

Demarcación de líneas de espera Serán desinfectadas luego de ser utilizados por cada cliente, haciendo hincapié en las zonas de contacto.

SECTOR DE GASTRONOMIA

Se reducirá la capacidad de comensales para respetar las distancias mínimas exigidas, permitiendo la concurrencia de hasta 2 (dos) por mesa. Se deberán envolver utensilios en bolsas individuales para evitar contaminación posterior a la sanitizacion.

Los insumos correspondientes al “servicio de mesa” (pan, hielo, servilletas y aderezos) serán provistos al comensal por el personal de servicio en el momento del mismo. Se desinfectará frecuentemente menús, mostradores, bandejas, barras, pasamanos, picaportes y comenderos.

Las servilletas de telas serán reemplazadas por servilletas de papel. La capacidad de empleados en la cocina será la mínima para el desarrollo de la actividad.


2- MEDIDAS ESPECIFICAS DIRIGIDAS A CLIENTES

En caso de detectarse algún cliente sin tapabocas o barbijo, el personal de la empresa podrá facilitarle dicho elemento para garantizar así el cumplimiento del protocolo. Se les recordarán las medidas preventivas sanitarias, ellos mediante el sistema de audio de la sala.

Los mismo deberán cumplir con todos los requisitos exigidos en la sala. Cualquier desvió u acto de rebeldía por parte de los clientes, habilitara el personal de juego de la empresa a hacer uso del derecho de admisión y permanencia.

MEDIDAS ESPECIFICAS DIRIGIDAS A EMPLEADOS DE CASINO CLUB

Deber de informar: cada empleado tiene la obligación de informar de forma responsable a la empresa ante la presencia de cualquier síntoma que se enmarque dentro de los informado para el nuevo virus COVID-19, sea propio como así también de cualquier integrante de su grupo familiar.

Se trabajará con una dotación mínima por turnos y por equipos para garantizar la operación y el cumplimiento del presente protocolo. Se proveerá a los empleados de la empresa de los siguientes elementos de protección, en ello de acuerdo a las funciones que desempeñen:

-Tapabocas o barbijos del tipo quirúrgico
-Guantes de latex del tipo descartables.
-Mascaras faciales de policarbonato o en su defecto anteojos de seguridad de policarbonato
transparente.

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