SANTA CRUZ (ADNSUR) - El Gobierno nacional publicó este viernes el decreto que delega en cada jurisdicción la restricción de circulación ante el fuerte incremento de casos de Covid en Argentina. "Quienes deben aplicar las medidas son las autoridades provinciales", reafirmó esta mañana el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

En Santa Cruz, el decreto provincial 1426 define las restricciones nocturnas sanitarias para las diferentes localidades.

En su artículo 16° establece para el Departamento de Deseado, integrado por Las Heras, Pico Truncado, Caleta Olivia, Puerto Deseado, Cañadón Seco, Jaramillo- Fitz Roy y Koluel Kayke, que el funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 09:00 hasta las 23:30, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.

En tanto, según informó La Opinión Austral, para las localidades de Río Gallegos y El Calafate, el artículo 26, establece que el funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 08:00 hasta las 24:00, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.

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