ARGENTINA (ADNSUR) - El Gobierno de la Nación oficializó un formulario de Declaración Jurada para transitar por la calles, como excepción al decreto, para aquellos que asistan a personas mayores y con discapacidad sean o no familiares y/o trabajadores de cuidados. 

Con la intervención de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el Ministro de Desarrollo Social reglamentó las excepciones para la asistencia de personas mayores, que están dispuestas en el artículo 6 inciso 5 del Decreto 297/2020. 

Circulación en las calles: El Gobierno oficializó un formulario para aquellos que cuiden a personas mayores y con discapacidad

De acuerdo a la resolución 133/2020 del Ministerio, cuando se trata de excepciones vinculadas a la asistencia de personas mayores, el/la cuidador/a, ya sea un familiar o cuidador/a profesional, que tenga a su cargo la realización de tareas de asistencia, apoyo y/o cuidado en las actividades de la vida diaria, deberá tener en su poder una declaración jurada, completada, a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con su Documento Nacional de Identidad.

La declaración jurada podrá ser completada llenando a mano o computadora el formulario impreso. En el caso de no contar con impresora, debe transcribirse la totalidad del formulario y completar los datos solicitados de puño y letra en una hoja en blanco. 

Circulación en las calles: El Gobierno oficializó un formulario para aquellos que cuiden a personas mayores y con discapacidad

En el supuesto en que la asistencia, apoyo y/o cuidado esté a cargo de un cuidador/a ajeno a la familia (voluntario o contratado), la declaración jurada deberá ser firmada tanto por quien brinde el cuidado como por la persona a cuidar o por un familiar de ésta.

Para el caso de cuidadores que registren relación de dependencia con una empresa prestadora de servicios (medicina prepaga, obra social u otros), será su empleador quien concederá una certificación específica al efecto.

En todos los supuestos contemplados por esta medida, en la declaración jurada se deberán describir los días y horarios en los cuales el/la cuidador/a, se trate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y/o asistencia. El formulario se puede descargar del siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/noticias/coronavirus-excepciones-para-la-asistencia-de-personas-mayores 

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