BUENOS AIRES - Los bancos reabrieron este lunes la atención al público en general, pero con ciertas limitaciones. Durante toda esta semana, las entidades atenderán con turnos tramitados y otorgados según la terminación del DNI de las personas y del CUIT, en el caso de las empresas

Este lunes fue el turno de las personas con DNI terminado en 0 ó 1 y las empresas con CUIT terminado en 0 ó 1. El cronograma de atención continúa de la siguiente manera: mañana martes será para los documentos con terminaciones en 2 y 3; miércoles, terminaciones en 4 y 5; jueves, terminaciones en 6 y 7; viernes, terminaciones en 8 y 9. Siempre, claro, que se haya reservado y obtenido turno previo.

Sobre cómo será esta semana, a través de la Comunicación A6958 el BCRA dispuso que “las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla– a partir del lunes 13 de abril de 2020 y hasta el viernes 17 de abril, extendiendo en dos horas la jornada habitual de atención al público según la jurisdicción de que se trate”.

Pero para hacer trámites como, por ejemplo, acceder a cajas de seguridad, los clientes del banco deben solicitar turno a través de la página web del banco u otros medios que el banco hubiera establecido, como correo electrónico y teléfono.

El comprobante de turno que el banco envía a su cliente, indicando día de la cita, identidad de la persona o representante empresario y domicilio de la sucursal correspondiente, sirve como permiso de circulación entre el domicilio y el banco, algo especialmente relevante para quienes no concurren a una sucursal cercana.

Este nuevo régimen será puesto a prueba. De hecho, la circular del Central señala que su vigencia es –por ahora- hasta el viernes 17 y no incluye, vale reiterarlo, la atención por ventanilla. Según la normativa, los clientes podrán presentarse sólo en el día y sucursal indicados y con la constancia de turno emitida por la entidad financiera.

También jubilados y pensionados

Los bancos también continuarán atendiendo a jubilados y pensionados. En esos casos, aclara la circular del Central “conforme al cronograma que la Anses o el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno alguno”.

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