BUENOS AIRES (ADNSUR) -  Argentina y los representantes del Grupo Ad Hoc de Bonistas Argentinos, el Comité de Acreedores de Argentina y el Grupo de Bonistas del Canje y otros tenedores (en conjunto, los “Acreedores que brindan Respaldo”) llegaron a un acuerdo que les permitirá a los tres grupos de acreedores apoyar la propuesta de reestructuración de deuda.

Conforme al acuerdo, Argentina ajustará algunas de las fechas de pago contempladas para los nuevos bonos establecidas en su Invitación del 6 de julio (“la Invitación”), sin aumentar el monto total de los pagos de capital o los pagos de interés que Argentina se compromete a realizar y mejorando al mismo tiempo el valor de la propuesta para la comunidad acreedora.

Según se aclara en el acuerdo alcanzado, las fechas de pago sobre los Nuevos Bonos serán el 9 de enero y el 9 de julio en lugar del 4 de marzo y el 4 de septiembre; los nuevos bonos a ser emitidos como compensación por intereses devengados y compensación por consentimiento adicional comenzarán a amortizar en enero de 2025 y vencerán en julio de 2029.

Asimismo,  los nuevos bonos 2030 en USD y en Euros comenzarán a amortizar en julio de 2024 y vencerán en julio de 2030, donde la primera cuota tendrá un monto equivalente a la mitad de cada cuota restante, y  los nuevos bonos 2038 en USD y en Euros a ser emitidos como contraprestación por los bonos de descuento existentes comenzarán a amortizar en Julio de 2027 y vencerán en enero de 2038.

Los tenedores de los bonos denominados en Euros y CHF podrán canjear sus bonos por los nuevos bonos denominados en USD, sobre la base de los tipos de cambio vendedor en Euro/CHF/USD como se exhiba en la página FXC del monitor de precios Bloomberg, o por cualquier fuente de cotización reconocida seleccionada por los bancos colocadores a su sola y absoluta discrecionalidad si Bloomberg no estuviera disponible, o estuviese manifiestamente errónea, a las o alrededor de las 12.00 pm hora de Nueva York el día 6 de agosto de 2020. Los límites de emisión sobre los nuevos bonos denominados en dólares estadounidenses se aumentarán para reflejar la diferencia en los tipos de cambio entre la Invitación original y la Invitación revisada.

Argentina ajustará ciertos aspectos de las cláusulas de acción colectiva en los documentos de los nuevos bonos para abordar las propuestas presentadas por los miembros de la comunidad acreedora, las cuales buscan fortalecer la eficacia del marco contractual como base para la resolución de las reestructuraciones de deuda soberana.

Para efectivizar el acuerdo, Argentina extiende la fecha de vencimiento de su Invitación desde las 5:00 p.m., hora de la Ciudad de Nueva York, el 4 de agosto de 2020, hasta las 5:00 p.m., hora de la Ciudad de Nueva York, el 24 de agosto de 2020 (el “Vencimiento”), salvo que se extienda por un período adicional o que se finalice en forma anticipada.

En consecuencia, se extiende hasta el nuevo Vencimiento, la Fecha de Anuncio de Resultados (tal como se define en el Suplemento del Prospecto) será el 28 de agosto de 2020 o lo antes posible de allí en adelante, y la Fecha de Ejecución, la Fecha de Entrada en Vigor y la Fecha de Liquidación, tal como se define en el Suplemento del Prospecto continuará siendo el 4 de septiembre de 2020 o lo antes posible de allí en adelante.

La República contrató a BofA Securities, Inc. y HSBC Securities (USA) para actuar como agentes colocadores de la Invitación y a Lazard para actuar como asesor financiero. D.F. King actúa como agente de información, tabulación y canje.

La distribución de los documentos de la Invitación puede estar restringida por la ley en ciertas jurisdicciones. La Invitación es nula en todas las jurisdicciones donde esté prohibida. Si los documentos relacionados con la Invitación pasan a estar en sus manos, la República le solicita que se informe sobre todas estas restricciones y las respete. Los documentos en relación con la Invitación, incluso la presente comunicación, no constituyen, y no pueden utilizarse en relación con, una oferta o solicitud en ningún lugar donde las ofertas o solicitudes no estén permitidas por la ley. Si una jurisdicción requiere que la Invitación sea realizada por un corredor de bolsa autorizado o administrador, y un agente colocador o cualquier asociado de un agente colocador es un corredor de bolsa autorizado o administrador en dicha jurisdicción, se considerará que la Invitación fue realizada por el agente colocador o dicho asociado en nombre de la República en dicha jurisdicción.

El presente comunicado de prensa no constituye una oferta para vender o la solicitud de una oferta para comprar ningún título ni tampoco habrá ninguna venta de estos títulos en ningún estado u otra jurisdicción en donde dicha oferta, solicitud o venta sea ilegal antes del registro o habilitación en virtud de las leyes de valores de cualquier estado u otra jurisdicción. La oferta de estos títulos se realizará solo mediante el prospecto y el Suplemento del Prospecto anexo.

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