El martes 21 de junio se cumplirán 10 años de la toma y destrucción de instalaciones de Cerro Dragón, perpetrado por la agrupación gremial conocida como ‘Los Dragones’, con destrozos tanto de instalaciones administrativas como de infraestructura productiva, lo que derivó en millonarias pérdidas económicas.

Indirectamente, el evento causó la muerte de 12 personas días después, cuando chocó un ómnibus que regresaba con gendarmes hacia Rosario, luego de haber llegado a Comodoro Rivadavia ante el requerimiento de las autoridades.

A una década de esos hechos, la justicia Federal se prepara para llevar a juicio a más de 200 imputados, a los que acusa por haber conformado una asociación ilícita con el fin de alterar el orden público.

Lo que comenzó como un reclamo gremial por despidos por parte de una empresa contratista, sumado luego al pedido de homologación salarial de una entidad sindical que actuaba en forma paralela al gremio de la UOCRA, identificándose como ‘Los Dragones’, derivó en hechos que marcaron en forma indeleble la historia de la región.

Fue el corolario de una serie de circunstancias que había comenzado años antes con motivaciones gremiales, pero que también tenía raíces políticas importantes. La agrupación se había formado en la década anterior como un gremio paralelo para representar a trabajadores de la construcción en yacimiento y contaba con aceitados vínculos con el dasnevismo, particularmente a partir del año 2009, según reconoció el propio Mario Das Neves al momento en que se dieron los hechos. 

Aunque en esa instancia buscó despegarse de la acción del grupo violento, un año más tarde los mismos referentes sindicales anunciaban que trabajarían para el regreso del líder político a la gobernación, lo que efectivamente ocurrió en el año 2015.

A 10 años del ataque al yacimiento Cerro Dragón, se eleva la causa a juicio en Comodoro: quiénes son los imputados y qué penas podrían recaer sobre los ex “Dragones”

Al momento de los desmanes, gobernaba la provincia su ex ‘deflín’, Martín Buzzi, a quien su antecesor cuestionó por no haber previsto las derivaciones del conflicto. 

A juicio por un delito que prevé penas máximas de 10 años de prisión

Más allá de los vaivenes políticos, la toma del yacimiento provocó grandes pérdidas económicas, no sólo para la operadora petrolera y las contratistas involucradas, sino también para la provincia, por los días sin producción que derivaron en la consecuente pérdida de regalías petroleras. 

Las estimaciones daban cuenta de pérdidas de entre 1 y 2 millones de dólares por día por el petróleo que dejaba de producirse, además de los cuantiosos daños, que ascendieron a otros cientos de millones de dólares. 

Petitorio de elevación a juicio firmado por el fiscal Bellver.
Petitorio de elevación a juicio firmado por el fiscal Bellver.

Un saldo indirecto de ese conflicto, pero mucho más costoso, fue la tragedia en la que murieron 9 gendarmes y 3 choferes, al chocar un camión con uno de los micros que llevaban de vuelta hacia Rosario, al grupo de hombres que habían llegado para recuperar el yacimiento (aunque no tuvieron que intervenir, ya que la toma se levantó a partir de negociaciones que evitaron el desalojo violento). El choque ocurrió el 26 de junio, en el límite entre Río Negro y Chubut, cuando un camión cargado con cereales de cruzó de carril y chocó de frente con uno de los dos ómnibus que trasladaba al contingente.

Y cuando ya la pátina del tiempo y las urgencias constantes dejaban en una sombra irresoluta el origen y responsabilidades de aquellas situaciones, el 27 de mayo último se produjo una resolución judicial que reactivó un extenso expediente, iniciado pocos días después de aquellos hechos por la jueza federal Eva Parcio.

Infografía - DRAGONES, A 10 AÑOS

En concreto, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el pedido de elevación a juicio  para dilucidar los hechos ocurridos entre el 21 y el 24 de junio de 2012, en el que un total de 210 imputados deberán responder por el delito de asociación ilícita previsto por el artículo 210 del Código Penal, supuestamente para alterar el orden público.

Dicha norma establece: “Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años de prisión el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación, el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión”.

La jueza federal Eva Parcio instruyó las actuaciones con más de 216 procesados en una primera etapa.
La jueza federal Eva Parcio instruyó las actuaciones con más de 216 procesados en una primera etapa.

La acusación más grave involucra a los dirigentes de la ‘Asociación del Personal de Obras Mecánicas, Civiles y Servicios del Sur de Chubut’, autodenominada ‘Dragones’, en alusión al nombre del yacimiento en el que prestaban servicios a través de distintas empresas contratistas.

La Fiscalía acusó a Raúl Murga (secretario general), Guido Dickanson (secretario de prensa) y Daniel Ojeda (secretario adjunto), que actuaban como líderes visibles del gremio, como líderes de la asociación, de allí que afrontan penas potenciales de entre 5 y 10 años de prisión.

A ellos se suman, imputados también como organizadores, Luis Olivares, Ángel Ferreyra, José Gutiérrez, Rodolfo Tobar, Gustavo Vera, Víctor Villarroel y Oscar Cayupan. Mientras que el resto de los integrantes de la agrupación afrontarán el cargo de partícipes de la asociación ilícita, con posibles penas que arrancan en un mínimo de 3 años de prisión.

Los hechos

El 21 de junio de 2012, poco después de las 8 de la mañana, ingresó al campamento de Cerro Dragón, una caravana compuesta por 15 máquinas viales y 50 vehículos de distinto porte, entre los que se contaban colectivos y otras unidades afectadas al servicio de transporte de personal, para distintas empresas contratistas que se desempeñan en el área.

Cerro Dragon - Imágenes de los destrozos provocados por los Dragones

Previamente, la decisión se había ratificada en una asamblea realizada en rutas 3 y 26, poco antes de las 7 de la mañana, donde uno de los testigos reservados en la investigación judicial relató que, por orden de Raúl Murga, quien oficiaba como secretario general de la agrupación, había que “tomar y cerrar la planta”, en relación al Distrito I de Cerro Dragón.

Para el fiscal que tuvo a su cargo la instrucción del caso, Norberto Bellver, hay elementos probatorios suficientes para afirmar que “con aparente sustento en el legítimo derecho a peticionar, tomaron parte activa de una agrupación transitoria de personas y la organizaron para cumplir con el objetivo de imponer sus reclamos de índole laboral a la empresa Pan American Energy, mediante la utilización de la fuerza, la violencia y la intimidación, lo cual se plasmó en la toma violenta del yacimiento Cerro Dragón”.

Aunque los daños visibles se evidenciaron en vehículos y oficinas, la afectación a la producción de petróleo y gas fue la más grave en términos económicos.
Aunque los daños visibles se evidenciaron en vehículos y oficinas, la afectación a la producción de petróleo y gas fue la más grave en términos económicos.

La situación, expuso el titular de la acusación pública, “afectó maliciosamente el normal desenvolvimiento de la empresa referida, destinada a la producción de crudo y gas natural, dañando y destruyendo las instalaciones y bienes, habiéndose comprobado la ausencia de bienes preexistentes en el lugar, los que se encontraban afectados a la explotación del yacimiento mencionado”.

Los registros periodísticos de la época reflejan que los destrozos de las instalaciones fueron de tal magnitud que el área petrolera de mayor producción en el país, en ese momento, quedó paralizada, ya que la rotura de sistemas de impulsión y almacenamiento llevó a paralizar la actividad por varios días, en tanto el campamento estuvo ocupado por los manifestantes hasta el 24 de junio. 

Posteriormente, tras retirarse del yacimiento, los manifestantes hicieron piquetes en la ruta que impedía el ingreso normal al área, de allí que la actividad siguió afectada por varias semanas. 

Según se lee en el escrito del pedido de elevación a juicio, “del contenido de las declaraciones recepcionadas surge una coherencia relacionada con las circunstancias que rodearon los hechos, tanto respecto a la existencia de un concierto previo de voluntades que confluyeron en el ingreso (al distrito petrolero), permanencia, daños, inutilización de instalaciones, robo de elementos pre existentes, acciones violentas y lesiones ocasionadas a las personas que estaban dentro del yacimiento, como la afectación del normal desenvolvimiento del establecimiento industrial”.

Tras los destrozos, el entonces gobernador Martín Buzzi recorría la zona.
Tras los destrozos, el entonces gobernador Martín Buzzi recorría la zona.

En la descripción se señala que un grupo de manifestantes se dirigió a las oficinas de PAE en el Distrito I, mientras las máquinas pesadas fueron hacia la Planta de Tratamiento de Crudo, ubicada a unos 800 metros de las oficinas. Y una tercera columna, hacia la usina de generación eléctrica y la planta de compresora de gas. Previamente, “habían cortado la fibra óptica para impedir la comunicación y garantizar la efectividad de la medida”.

Los manifestantes, armados con palos, piedras, escudos y bombas incendiarias, “ocultando sus rostros con pasamontañas, capuchas, lentes oscuros y gorros, valiéndose de la supremacía numérica tuvieron un control exclusivo sobre bienes y personas ejerciendo violencia física e intimidación, golpeando y lesionando al personal de Gendarmería Nacional y neutralizando tanto al personal policial como al personal de la empresa”.

Como consecuencia, se interrumpió la producción de petróleo, gas y energía eléctrica, deteniéndose el flujo de petróleo hacia la monoboya de Caleta Córdova. 

En el escrito judicial se lee también el testimonio del jefe del grupo de Gendarmería que estaba en el interior de la planta el día del ataque, quien relató que cuando estaban en la sala de control de la planta, dos de las máquinas pesadas comenzaron a atropellar el edificio, rompiendo vidrios y parte de la estructura, y en el momento en que ingresa un grupo de individuos con palos, salieron corriendo por la puerta de emergencia.

En esa circunstancia, uno de los empleados de la compañía recibió un golpe en la espalda con un palo y uno de los gendarmes se resbaló en el hielo, por lo que fue alcanzado por un grupo que comenzó a patearlo y a quitarle el chaleco antibalas.

Paralelamente, en las oficinas de la operadora en el distrito I había ingresado otro de los grupos, para desalojar al personal de la compañía y con amenazas, “rompiendo mobiliarios, ventanas, camionetas, que s encontraban en el lugar”.

Infografía - DRAGONES, LA POLITICA

Varios delitos cometidos al mismo tiempo

“Nos encontramos aquí con un grupo de personas vinculadas a la actividad petrolera, que acordaron ingresar por la fuerza el día 21 de junio del 2012, que en ese concierto de voluntades hubo acuerdos explícitos e implícitos unos diseñando el plan de acción otros asumiendo roles bien definidos y otros tantos ejecutando en forma organizada y en bloques las directrices marcadas para lograr, en pocas horas, neutralizar la operatividad de la operadora, afectando puntos estratégicos”, sostiene el pedido de elevación a juicio por parte del fiscal. 

“Se ha probado en el expediente que existe un acuerdo previo y la finalidad se terminó de definir en asamblea desarrollada al efecto de cometer delitos tales como lesiones (artículo 89 del Código Penal); amenazas (artículo 149 bis); robos (artículo 164 y 183); afectación del normal desenvolvimiento de un establecimiento Industrial (artículo 174), entre otros”, añade la acusación.

El resultado del ataque de la facción sindical a la central operativa de Cerro Dragón


“Todas estas voluntades confluyeron en desarrollar acciones ilícitas, sabiendo la trascendencia pública de sus actos y el miedo que sus acciones generarían en este aspecto”, continúa. Y agrega una consideración que refleja la sensación que se extendió por aquellos días en la región:

“El temor no sólo se reflejó hacia el ámbito interno de los trabajadores pertenecientes al sector, sino que tuvo una proyección externa hacia otros trabajadores la comunidad de la Cuenca del Golfo San Jorge y hasta otros municipios chubutenses, que veían amenazada la provisión de gas en sus comunidades”.

“Ha quedado demostrado que este plan pergeñado por los máximos líderes de grupo dragones no se agotaba con el ingreso violento en las instalaciones sino que tenían proyectado sostener las acciones en el tiempo hasta tanto lograrán posicionarse en la negociación con el sector empresario y gubernamental”.

Por qué la investigación sigue, pese al paso del tiempo y el intento de prescripción de la defensa

La defensa de los imputados planteó dos fundamentos principales para evitar que los responsables lleguen a juicio. Uno se vincula por el denominado principio de congruencia, en el que consideran que se vio afectado el derecho de defensa.

En ese caso, el planteo se hizo por la diferencia de criterios que hubo entre la juez y el fiscal del caso para encuadrar los hechos en un tipo de delito. Por un lado, la jueza Parcio había iniciado las actuaciones encuadrando los hechos en el artículo 213 del Código Penal, que es menos gravoso que la figura elegida por el fiscal Bellver. 

Mientras el 213 del Código Penal habla de una agrupación transitoria de personas “para imponer sus ideas por la fuerza o por temor”, con penas de entre 3 y 8 años de prisión, el 210 penaliza la agrupación conformada con el fin de cometer delitos (incluso cuando esos hechos no lleguen a concretarse). 

Para los defensores, esa diferencia de criterios afectó el derecho de los imputados a defenderse correctamente del delito del que se los acusa, pero la Cámara Federal rechazó el argumento, debido a que se trata de tipos penales similares y los hechos imputados no fueron modificados sustancialmente, por lo que no se vio vulnerado el derecho de defensa.  

El otro argumento defensista fue para plantear la prescripción de la causa, ante el tiempo transcurrido. En ese punto juega también la calificación con la que la jueza dictó el procesamiento y la que utilizó el fiscal para impulsar el juicio, ya que en un caso el plazo de vencimiento hubiera sido a los 8 años de iniciada la investigación, mientras que en el segundo, a los 10 años. 

Y como el plazo de prescripción se interrumpe con el requerimiento de elevación a juicio, que se produjo el 7 de julio del año pasado, si se hubiera mantenido la calificación inicial, el plazo para cerrar la causa hubiera estado cumplido desde junio de 2020.

Sobre ese punto, el camarista Aldo Suárez planteó: “Si bien podría depender de la óptica, no es menos cierto que el hecho que nos convoca a tenido innegable trascendencia pública desde el concepto de la naturaleza jurídica del bien que se tutela, esto es la tranquilidad y la paz social y la garantía de provisión, además, de un bien necesario para el desarrollo de la sociedad como es el del petróleo, del cual dependen los medios de transporte de provisión de alimentos, etc”. 

Luego de que se levantó la toma del yacimiento, las manifestaciones en la ruta continuaron por varios días.
Luego de que se levantó la toma del yacimiento, las manifestaciones en la ruta continuaron por varios días.

A partir de ese argumento, el camarista entiende que “existen motivos de interés público concretos, que frente a la controversia que se plantea con el encuadre legal en tanto el titular de la acción pública y el querellante particular insisten en una figura de mayor valor, impiden admitir la excepción de prescripción en esta etapa”.

Del mismo modo, el camarista aludió al derecho de la querella, en representación de la compañía atacada, para llegar a un pronunciamiento judicial que ponga luz y dé un cierre al proceso. 

Por su parte, la camarista Hebe Corchuelo de Huberman coincidió con Suárez en que no se afectó el derecho de defensa cuando el fiscal modificó la calificación penal para hacer el requerimiento de elevación a juicio, pero tuvo un criterio distinto en cuanto a la prescripción, por lo que hizo lugar al planteo de la defensa de que los plazos estarían vencidos, salvo que los imputados hubieran cometido un nuevo delito posterior al que se los acusa.

Ante esa diferencia de criterios, debió la cuestión el camarista Javier Leal de Ibarra, quien votó a favor del argumento de Suárez, basándose en el criterio de la Cámara Nacional de Casación Penal, en la que debe tomarse la calificación más gravosa (la potencial pena de 10 años) para considerar el plazo en que la causa debe prescribir. 

De este modo, a partir de la resolución de la Cámara Federal fechada el 22 de mayo último, la causa de los dragones, a 10 años de los hechos perpetrados, debería llegar a juicio antes de que concluya el año 2022, según estimaron fuentes judiciales consultadas para este informe. 

Sobre el total de 216 procesados inicialmente, hay 3 personas que ya fallecieron y otros 3 que están en rebeldía. De ese modo, Comodoro Rivadavia podría asistir a un juicio oral y público contra un total de 210 imputados, en lo que seguramente configurará un nuevo capítulo de la historia de la capital nacional del Petróleo durante la primera parte del siglo 21. 
 

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